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11 cartas del IRS que nunca debe ignorar (guía 2025)

¿Recibió correspondencia del IRS? Estas son 11 cartas del IRS que nunca debe ignorar en 2025, con sus plazos, niveles de urgencia y lo que debe hacer a continuación para protegerse.

Safwan Al-Sayyad

Global Gate Tax and Accounting, Irvine, CA

Introducción

Pocas cosas provocan tanta ansiedad inmediata como abrir el buzón y encontrar un sobre del Servicio de Impuestos Internos. El corazón se acelera, la mente da vueltas y quizás hasta sienta la tentación de guardarlo en un cajón y hacer como si nunca hubiera llegado. Pero ignorar las cartas del IRS que nunca debe ignorar es uno de los errores financieros más peligrosos que puede cometer, y miles de estadounidenses lo cometen cada año.

El IRS envía más de 200 millones de avisos al año, y no todos son igual de urgentes. Algunos son simples ajustes de cuenta o notificaciones de reembolso. Otros, en cambio, tienen plazos estrictos que, si no se cumplen, pueden dar lugar a embargos de sueldo, embargos bancarios, incautación de bienes e incluso un proceso penal. La diferencia entre un problema tributario manejable y una crisis financiera en toda regla a menudo depende de la rapidez con la que usted responda.

En esta guía completa de 2025, le explicamos las 11 cartas y avisos del IRS más importantes que de ninguna manera puede permitirse ignorar. Para cada uno, sabrá exactamente qué significa, qué tan urgente es, cuál es su plazo y qué pasos debe tomar de inmediato. Ya sea que haya recibido uno de estos avisos o quiera estar preparado, esta guía le dará el conocimiento y la seguridad para protegerse.

Si en este momento está lidiando con correspondencia del IRS y se siente abrumado, recuerde: no tiene que enfrentar al IRS solo. Programe una consulta gratuita con un profesional de impuestos que pueda ayudarle a entender sus opciones.

📋 Referencia rápida: las cartas del IRS en resumen

N.º Aviso Urgencia Plazo
1 CP14 — Saldo adeudado Media 21 días
2 CP501/CP503/CP504 — Serie de cobro Alta → Crítica 30 días cada uno
3 LT11 / Carta 1058 — Aviso Final de Intención de Embargo Crítica 30 días
4 CP2000 — Consulta por ingresos no declarados Alta 30 días
5 Carta 3172 — Aviso de Gravamen por Impuestos Federales Alta 30 días (audiencia CDP)
6 CP91/CP298 — Intención de embargar el Seguro Social Crítica 30 días
7 Carta 11 — Aviso final antes del embargo Crítica 30 días
8 CP523 — Incumplimiento del plan de pagos a plazos Alta 30 días
9 Carta 3219 (Notificación Estatutaria de Deficiencia) Crítica 90 días
10 Carta 725-B — Notificación de auditoría del IRS Alta 30 días
11 CP59/CP515/CP518 — Avisos por no presentar declaraciones Alta → Crítica Variable

1. CP14 — Aviso de saldo adeudado

Qué significa

El CP14 suele ser el primer aviso que envía el IRS cuando usted tiene un saldo pendiente en su declaración de impuestos. Llega después de que usted presenta su declaración (o después de que el IRS la procesa) e indica la cantidad que debe, incluidos los intereses y las multas que ya empezaron a acumularse.

Muchos contribuyentes reciben este aviso y suponen que pueden ocuparse de él más adelante. Pero el CP14 es su primera, y mejor, oportunidad de resolver su obligación tributaria antes de que el IRS intensifique sus esfuerzos de cobro. Conforme a la sección § 6303 del Código de Impuestos Internos (IRC), el IRS debe enviar este aviso inicial dentro de 60 días a partir de la liquidación.

Nivel de urgencia: Medio

Plazo: 21 días (o 10 días hábiles si la cantidad supera los $100,000)

Qué hacer

  • Revise el aviso con cuidado. Verifique el año tributario, la cantidad adeudada y las multas o intereses que figuren.
  • Si está de acuerdo con la cantidad: Pague la totalidad si puede, o explore las opciones de plan de pagos a plazos (Installment Agreement)
  • Si no está de acuerdo: Reúna la documentación (Formularios W-2, 1099, recibos) y comuníquese con el IRS o con un profesional de impuestos.
  • No lo ignore. Si no responde, se activa la serie de cobro escalonada CP501 → CP503 → CP504.

El CP14 es su llamada de atención. Responder de inmediato puede ahorrarle miles de dólares en multas y evitar acciones de cobro agresivas más adelante.

2. CP501 / CP503 / CP504 — La serie de cobro escalonada

Qué significa

Si no responde a su CP14, el IRS no se da por vencido: intensifica el cobro. El CP501, el CP503 y el CP504 son una serie de recordatorios cada vez más urgentes de que su saldo sigue sin pagarse.

  • CP501 — Primer recordatorio. Cordial pero firme.
  • CP503 — Segundo recordatorio. El tono se vuelve más serio.
  • CP504 — Intención de embargo. Este es el aviso que le da al IRS la autoridad legal para incautar su reembolso de impuestos estatales y, con el tiempo, otros bienes.

El CP504 es especialmente peligroso porque es un aviso de intención de embargo conforme a la sección § 6331(d) del IRC. (El derecho a una audiencia conforme a la sección § 6330 del IRC llega después, con el aviso final LT11 o la Carta 1058). Una vez que lo recibe, el IRS puede empezar a embargar ciertos bienes si usted no actúa dentro del plazo.

Nivel de urgencia: Alto → Crítico (aumenta con cada aviso)

Plazo: 30 días a partir de la fecha de cada aviso

Qué hacer

  • CP501/CP503: Establezca un plan de pagos de inmediato. El programa Fresh Start del IRS puede ofrecer opciones de alivio.
  • CP504: Esta es su última oportunidad antes de una acción de embargo. No otorga derechos a una audiencia de debido proceso de cobro (Collection Due Process, CDP), que llegan con el aviso final (LT11 o Carta 1058), pero puede solicitar una apelación mediante el Programa de Apelaciones de Cobro (Collection Appeals Program). Comuníquese con un profesional de impuestos
  • Nunca deje que pase del CP504 sin tomar medidas: el siguiente aviso de la secuencia autoriza la incautación real de su sueldo, sus cuentas bancarias y sus bienes.

3. LT11 / Carta 1058 — Aviso Final de Intención de Embargo

Qué significa

El LT11 (también conocido como Carta 1058 o Carta LT11) es uno de los documentos más serios que puede enviar el IRS. Se trata de un Aviso Final de la Intención de Embargo y su Derecho a una Audiencia (Final Notice of Intent to Levy and Notice of Your Right to a Hearing). Significa que al IRS se le agotó la paciencia y está legalmente preparado para incautar sus bienes, incluidos su sueldo, sus cuentas bancarias, sus beneficios del Seguro Social, sus cuentas por cobrar e incluso sus bienes personales.

Conforme a la sección § 6331 del IRC, el IRS debe entregarle este aviso final al menos 30 días antes de iniciar un embargo. Es un requisito legal pensado para darle una última oportunidad de resolver la situación.

Nivel de urgencia: Crítico 🚨

Plazo: 30 días para solicitar una audiencia de debido proceso de cobro (CDP)

Qué hacer

  • NO ignore esta carta. Está a 30 días de que le vacíen la cuenta bancaria o le embarguen el sueldo.
  • Solicite una audiencia CDP de inmediato. Presente el Formulario 12153 dentro de 30 días para detener la acción de embargo.
  • Explore las opciones de resolución: un Ofrecimiento de Transacción (Offer in Compromise), planes de pagos a plazos o el estado de No Cobrable Actualmente (Currently Not Collectible, CNC).
  • Llame hoy a un profesional de impuestos. En esta etapa, la representación profesional no es un lujo: es una necesidad.

⚠️ Advertencia: Si no cumple con el plazo de 30 días para la audiencia CDP, aún puede presentar una solicitud de audiencia equivalente (Equivalent Hearing) dentro de un año, pero esta no detendrá el embargo.

4. CP2000 — Consulta por ingresos no declarados (ajuste propuesto)

Qué significa

Un aviso CP2000 no es técnicamente una auditoría, pero funciona como tal. El programa Automated Underreporter (AUR) de ingresos no declarados del IRS coteja los ingresos que usted declaró en su declaración de impuestos con las declaraciones informativas (Formularios W-2, 1099, K-1) presentadas por sus empleadores, bancos y clientes.

Si hay una discrepancia, el IRS envía un CP2000 en el que propone ajustes a sus ingresos, impuestos o créditos. Este aviso a menudo propone un impuesto adicional adeudado, a veces por cantidades sorprendentemente altas, sobre todo si los ingresos no declarados incluyen el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia.

Según datos del IRS, el programa AUR genera millones de avisos CP2000 al año, y muchos de los ajustes propuestos son total o parcialmente incorrectos porque el IRS no tiene información completa sobre sus deducciones, su base o sus gastos.

Nivel de urgencia: Alto

Plazo: 30 días para responder

Qué hacer

  • No se asuste. El CP2000 es una propuesta, no una factura definitiva. Tiene derecho a disputarlo.
  • Compare la información del IRS con sus registros reales.
  • Si el IRS está equivocado: Envíe una respuesta por escrito con documentación que demuestre la discrepancia.
  • Si el IRS tiene razón en parte: Puede aceptar algunos ajustes y disputar otros.
  • Si no responde: El IRS determinará la cantidad total propuesta, más multas e intereses.

Muchos avisos CP2000 pueden resolverse de forma favorable con la documentación adecuada. Un profesional de impuestos puede ayudarle a preparar la respuesta más eficaz.

5. Carta 3172 — Presentación del Aviso de Gravamen por Impuestos Federales

Qué significa

La Carta 3172 le notifica que el IRS ha presentado un Aviso de Gravamen por Impuestos Federales (Notice of Federal Tax Lien, NFTL) sobre sus bienes. Conforme a la sección § 6321 del IRC, un gravamen tributario recae sobre todos sus bienes (bienes raíces, vehículos, cuentas financieras e incluso bienes futuros) cuando usted debe impuestos y no los paga después de que se le exige el pago.

Un gravamen por impuestos federales es distinto de un embargo. Un gravamen es un derecho legal sobre sus bienes (garantiza el saldo), mientras que un embargo los incauta efectivamente. Sin embargo, un gravamen tributario puede:

  • Limitar su acceso al crédito
  • Aparecer en verificaciones de antecedentes
  • Hacer casi imposible vender bienes o refinanciar su vivienda
  • Afectar su capacidad de obtener financiamiento para su negocio

Nivel de urgencia: Alto

Plazo: 30 días para solicitar una audiencia CDP

Qué hacer

  • Solicite una audiencia CDP dentro de 30 días presentando el Formulario 12153.
  • Explore las opciones para eliminar el gravamen: El programa Fresh Start del IRS elevó a $10,000 el umbral para presentar gravámenes y amplió las opciones de retiro del gravamen.
  • Considere un Ofrecimiento de Transacción para liquidar el saldo de fondo.
  • Solicite la exoneración o la subordinación del gravamen si necesita vender o refinanciar un bien.

6. CP91 / CP298 — Intención de embargar los beneficios del Seguro Social

Qué significa

Si recibe beneficios del Seguro Social y debe impuestos atrasados, el IRS puede emitir un CP91 (o un CP298 en el caso de declaraciones conjuntas) para notificarle su intención de embargar hasta el 15% de sus pagos mensuales del Seguro Social. Esto está autorizado por el Programa de Embargo de Pagos Federales (Federal Payment Levy Program, FPLP) conforme a la sección § 6331(h) del IRC.

Para los jubilados que viven con ingresos fijos, perder el 15% de su Seguro Social puede ser devastador y llegar a poner en riesgo su capacidad de cubrir gastos básicos de manutención como vivienda, alimentos y medicamentos.

Nivel de urgencia: Crítico 🚨

Plazo: 30 días antes de que comience el embargo

Qué hacer

  • Actúe dentro de 30 días. Una vez que comienza el embargo, detenerlo es mucho más difícil.
  • Solicite el estado de No Cobrable Actualmente (CNC) si el embargo le causaría una dificultad económica.
  • Establezca un plan de pagos a plazos para demostrar su buena fe.
  • Presente el Formulario 12153 para solicitar una audiencia CDP e impugnar el embargo.
  • Comuníquese de inmediato con un profesional de impuestos, sobre todo si depende del Seguro Social como su principal fuente de ingresos.

7. Carta 11 — Aviso Final de Intención de Embargo (versión alternativa)

Qué significa

La Carta 11 es funcionalmente similar a la LT11/Carta 1058 que vimos en el n.º 3, pero la genera otro departamento del IRS (por lo general, un funcionario de cobro y no el sistema automatizado de cobro). Cumple el mismo propósito: notificarle que el IRS tiene la intención de embargar sus bienes y darle derechos de apelación.

Lo que hace especialmente alarmante la Carta 11 es que a menudo significa que se ha asignado personalmente un funcionario de cobro del IRS (Revenue Officer) a su caso. Los funcionarios de cobro tienen amplias facultades de ejecución, entre ellas presentarse en su casa o negocio, incautar bienes físicos e incluso cerrar con candado las puertas de su negocio.

Nivel de urgencia: Crítico 🚨

Plazo: 30 días para solicitar una audiencia CDP

Qué hacer

  • Presente de inmediato el Formulario 12153 para solicitar una audiencia de debido proceso de cobro.
  • No se comunique solo con el funcionario de cobro sin orientación profesional: cualquier cosa que diga puede usarse para definir la estrategia de cobro.
  • Reúna todos sus registros financieros: El IRS evaluará su capacidad de pago, así que tenga listos sus estados de cuenta bancarios, comprobantes de ingresos y registros de gastos.
  • Explore todas las opciones de resolución con un profesional de impuestos calificado: un Ofrecimiento de Transacción, un plan de pagos a plazos, el estado CNC o la reducción de multas.

8. CP523 — Incumplimiento del plan de pagos a plazos

Qué significa

Si antes estableció un plan de pagos a plazos con el IRS y dejó de hacer pagos (o incumplió las condiciones), recibirá un aviso CP523. Se trata de un aviso de intención de cancelar su plan de pagos a plazos y de incautar sus bienes.

Entre los motivos comunes para recibir un CP523 están:

  • No hacer uno o más pagos mensuales
  • Presentar una nueva declaración de impuestos con saldo adeudado
  • No presentar las declaraciones de impuestos requeridas
  • Proporcionar información financiera inexacta

Una vez cancelado su plan de pagos a plazos, todo el saldo restante vence de inmediato, y el IRS puede reanudar las acciones de cobro, incluidos embargos y gravámenes.

Nivel de urgencia: Alto

Plazo: 30 días para restablecer el plan o responder

Qué hacer

  • Comuníquese de inmediato con el IRS (o con su profesional de impuestos). En muchos casos, puede restablecer el plan poniéndose al día con los pagos atrasados.
  • Si no puede cubrir los pagos actuales: Solicite una modificación para reducir su cuota mensual.
  • Considere otras estrategias de resolución, como un Ofrecimiento de Transacción, si su situación financiera ha cambiado considerablemente.
  • Siga presentando todas las declaraciones de impuestos requeridas y haga pagos del impuesto estimado para evitar incumplimientos en el futuro.

9. Carta 3219 — Notificación Estatutaria de Deficiencia (carta de 90 días)

Qué significa

La Carta 3219, conocida comúnmente como la “carta de 90 días” o Notificación Estatutaria de Deficiencia (Statutory Notice of Deficiency), es uno de los documentos con mayor peso legal que puede enviar el IRS. Conforme a la sección § 6212 del IRC, este aviso propone formalmente cambios a su declaración de impuestos y le da exactamente 90 días (150 días si se envía a una dirección fuera de los EE. UU.) para presentar una petición ante el Tribunal Tributario de los Estados Unidos (U.S. Tax Court).

Este aviso suele llegar después de una auditoría o de un CP2000 sin respuesta en el que usted no estuvo de acuerdo con los cambios propuestos. Representa la determinación final del IRS sobre el impuesto que usted debe antes de la liquidación formal.

Nivel de urgencia: Crítico 🚨

Plazo: 90 días para presentar una petición ante el Tribunal Tributario (SIN prórrogas)

Qué hacer

  • Marque el plazo en su calendario de inmediato. El plazo de 90 días es estricto: el Tribunal Tributario generalmente desestima las peticiones presentadas fuera de plazo, así que nunca cuente con una excepción.
  • NO firme el aviso (formulario de conformidad) a menos que esté totalmente de acuerdo con los cambios propuestos.
  • Consulte a un abogado de impuestos antes de que venza el plazo. Presentar una petición ante el Tribunal Tributario preserva su derecho a disputar la liquidación sin tener que pagar primero.
  • Si no cumple con el plazo de 90 días: Tendrá que pagar la liquidación completa y luego presentar una reclamación de reembolso, un camino mucho más difícil y costoso.

💡 Consejo práctico: Los 90 días se cuentan a partir de la fecha que figura en el aviso, no de la fecha en que usted lo recibió. Si lo recibió tarde, actúe aún más rápido.

10. Carta 725-B — Notificación de auditoría del IRS

Qué significa

La Carta 725-B (u otras cartas de notificación de auditoría similares) le informa que el IRS ha seleccionado su declaración de impuestos para una revisión. Se trata de un aviso oficial de auditoría, no de una falla informática al azar ni de una estafa.

Las auditorías del IRS pueden realizarse de tres maneras:

Tipo de auditoría Descripción Dónde se realiza
Auditoría por correspondencia El IRS solicita documentos específicos por correo Su buzón
Auditoría en la oficina Usted acude a una oficina del IRS con sus registros Oficina del IRS
Auditoría de campo Un agente de auditoría del IRS visita su casa o negocio Su ubicación

Según las estadísticas del IRS, solo alrededor del 0.4% de las declaraciones individuales se auditan cada año, pero ciertas señales de alerta (ingresos altos, deducciones excesivas, ingresos no declarados, negocios que manejan efectivo) aumentan considerablemente sus probabilidades.

Nivel de urgencia: Alto

Plazo: 30 días para responder (por lo general)

Qué hacer

  • No entre en pánico, pero tómelo en serio. Una auditoría no significa que usted haya hecho algo mal.
  • NO ignore la carta.Si no responde, el IRS hará cambios basándose únicamente en su propia información, casi siempre a su favor.
  • Reúna todos los registros pertinentes:recibos, estados de cuenta bancarios, registros de millaje y cualquier documentación relacionada con las partidas bajo revisión.
  • Considere contar con representación profesional.Según la Circular 230 del Departamento del Tesoro, los agentes inscritos (Enrolled Agents, EA) y los especialistas en resolución de problemas tributarios pueden representarlo ante el IRS. Un representante con experiencia a menudo puede limitar el alcance y el resultado de la auditoría.
  • Conozca sus derechos.La Publicación 1 del IRS describe su Carta de Derechos del Contribuyente (Taxpayer Bill of Rights).

11. CP59 / CP515 / CP518 — Avisos por no presentar la declaración

Qué significa

Si usted estaba obligado a presentar una declaración de impuestos y no lo hizo, tarde o temprano el IRS lo notará. La serie de avisos por no presentar la declaración se intensifica de la siguiente manera:

  • CP59— Primer aviso: “Nuestros registros muestran que usted no presentó una declaración obligatoria”.
  • CP515— Segundo aviso: un recordatorio más urgente para que presente la declaración.
  • CP518— Aviso final: “Presente su declaración o nosotros presentaremos una por usted”.

Cuando el IRS presenta una declaración en su nombre (lo que se llama una declaración sustitutiva (Substitute for Return, SFR) conforme al IRC § 6020(b)), casi siempre resulta en una factura de impuestos mucho más alta que si usted la hubiera presentado. ¿Por qué? Porque la SFR incluye los ingresos que terceros le informaron al IRS, pero podría no reconocerle las deducciones, exenciones o créditos a los que usted podría tener derecho.

Obtenga más información sobre las consecuencias y las soluciones para las declaraciones de impuestos no presentadas.

Nivel de urgencia: Alto → Crítico (aumenta con cada aviso)

Plazo: Varía; actúe lo antes posible

Qué hacer

  • Presente de inmediato sus declaraciones atrasadas.Aunque no pueda pagar, presentar la declaración lo protege de la multa por no presentar la declaración (5% al mes, hasta un 25% según el IRC § 6651(a)(1)), que es 10 veces peor que la multa por no pagar (0.5% al mes).
  • Reúna los documentos de sus ingresos:si perdió sus registros, solicite al IRS las transcripciones de salarios e ingresos.
  • No deje que el IRS presente la declaración por usted.Una SFR es siempre el peor escenario para su obligación tributaria.
  • Evalúe si reúne los requisitos para la reducción de multassi tuvo una causa razonable para no presentar la declaración.
  • Si tiene varios años sin declarar, un profesional de impuestos puede ayudarle a decidir qué declaraciones presentar primero y a elaborar una estrategia para ponerse al día.

Qué hacer si recibió cualquiera de estas cartas del IRS

Sin importar qué aviso haya recibido, los pasos para protegerse siguen un patrón similar:

  • 1. Abra y lea el aviso de inmediato.Anote la fecha, el tipo de aviso y cualquier plazo.
  • 2. No lo tire.Guarde cada aviso del IRS en un lugar seguro; es posible que lo necesite como referencia en el futuro.
  • 3. Verifique que sea legítimo.Los avisos del IRS siempre llegan por correo (el IRS no inicia el contacto por correo electrónico, mensaje de texto ni redes sociales). Puede verificarlo llamando directamente al IRS al 1-800-829-1040 o consultando su cuenta en IRS.gov.
  • 4. Identifique su plazo.No cumplir un plazo puede costarle derechos de apelación fundamentales.
  • 5. Decida si necesita ayuda profesional.En el caso de los avisos CP14 y los asuntos sencillos, es posible que pueda resolverlo usted mismo. Para cualquier asunto que implique embargos, gravámenes, auditorías o peticiones ante el Tribunal Tributario, se recomienda enfáticamente contar con representación profesional.

Comparación: gravedad de los avisos del IRS y acción recomendada

Aviso Gravedad ¿Puede resolverlo solo? ¿Se recomienda ayuda profesional?
CP14 ⚠️ Media Sí, si es sencillo Útil para planes de pagos
CP501/503 ⚠️ Media-alta Posiblemente Recomendada
CP504 🔴 Alta Arriesgado Muy recomendada
LT11 🚨 Crítica No Imprescindible
CP2000 🔴 Alta A veces Recomendada
Carta 3172 🔴 Alta Rara vez Muy recomendada
CP91/CP298 🚨 Crítica No Imprescindible
Carta 11 🚨 Crítica No Imprescindible
CP523 🔴 Alta A veces Recomendada
Carta 3219 🚨 Crítica No Imprescindible
Carta 725-B 🔴 Alta A veces Muy recomendada
CP59/515/518 🔴 Alta A veces Recomendada si son varios años

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para responder a una carta del IRS?

La mayoría de los avisos del IRS le dan 30 días a partir de la fecha impresa en el aviso para responder. La principal excepción es la Notificación Estatutaria de Deficiencia (Carta 3219), que otorga 90 días para presentar una petición ante el Tribunal Tributario. El aviso de saldo adeudado CP14 da solo 21 días (o 10 días hábiles para cantidades superiores a $100,000). Revise siempre el plazo específico de su aviso: la fecha que cuenta es la que aparece en la carta, no la fecha en que usted la recibió. Si no cumple estos plazos, el IRS puede seguir adelante con liquidaciones, embargos o gravámenes sin tener en cuenta su versión, así que el tiempo siempre es clave.

¿Qué pasa si ignoro una carta del IRS?

Ignorar la correspondencia del IRS nunca es una estrategia: es una cuenta regresiva hacia las medidas de cobro forzoso. Cuando usted no responde, el IRS da por hecho que está de acuerdo con los cambios propuestos y procede en consecuencia. Un simple aviso de saldo adeudado CP14 puede escalar a los avisos CP501, CP503 y CP504 hasta llegar a un Aviso Final de Intención de Embargo (LT11). En ese momento, el IRS puede legalmente embargar su sueldo, vaciar sus cuentas bancarias, incautar sus bienes y presentar gravámenes por impuestos federales sobre todo lo que usted posee. Cuanto más espere, más multas e intereses se acumulan, y menos opciones de solución tendrá.

¿Puede el IRS enviar avisos por correo electrónico o mensaje de texto?

No. El IRS no inicia el contacto por correo electrónico, mensaje de texto ni redes sociales. Todas las comunicaciones oficiales del IRS llegan por el Servicio Postal de EE. UU. Si recibe un correo electrónico o un mensaje de texto que dice ser del IRS, es casi seguro que se trata de una estafa o de un intento de phishing. Reporte los correos electrónicos sospechosos a phishing@irs.gov y los mensajes de texto sospechosos reenviándolos al 7726 (SPAM) y reportándolos a phishing@irs.gov. Siempre puede verificar si un aviso es legítimo llamando directamente al IRS al 1-800-829-1040 o ingresando a su cuenta en IRS.gov. Lea más sobre las estafas de alivio de impuestos para protegerse.

¿Debo llamar al IRS yo mismo o contratar a un profesional de impuestos?

En el caso de avisos sencillos, como un CP14 con un saldo pequeño, por lo general puede resolverlo usted mismo llamando al IRS o estableciendo un plan de pagos en línea. Sin embargo, para los avisos relacionados con embargos, gravámenes, auditorías, peticiones ante el Tribunal Tributario u obligaciones tributarias grandes, se recomienda enfáticamente contar con representación profesional. Los profesionales de impuestos (agentes inscritos y especialistas en resolución de problemas tributarios) tienen capacitación especializada, canales de comunicación directa con el IRS y la experiencia para negociar mejores resultados. Según la Circular 230 del IRS, estos profesionales pueden representarlo directamente ante el IRS, lo que significa que usted ni siquiera necesita hablar con el IRS.

¿Qué pasa si recibí una carta del IRS pero ya pagué?

Los retrasos en el procesamiento de pagos y los errores administrativos ocurren con más frecuencia de lo que se imagina. Si recibió un aviso de saldo adeudado por una obligación tributaria que ya pagó, reúna su comprobante de pago (cheque cobrado, estado de cuenta bancario, número de confirmación del pago) y comuníquese con el IRS al número de teléfono que aparece en el aviso. Si pagó electrónicamente, espere al menos 2-3 semanas para que se procese antes de llamar. También puede consultar el saldo de su cuenta en línea en IRS.gov. Si el problema persiste, un profesional de impuestos puede pedirle al IRS que rastree su pago en el sistema del IRS.

¿Puedo negociar la cantidad que le debo al IRS?

Sí, existen formas legítimas de reducir su obligación tributaria con el IRS. Un Ofrecimiento de Transacción (OIC) le permite liquidar su obligación tributaria por menos de la cantidad total si puede demostrar que pagarla en su totalidad le causaría una dificultad económica o que existe duda sobre la obligación tributaria. El programa Fresh Start del IRS ha hecho que los OIC sean más accesibles. También podría reunir los requisitos para la reducción de multas y eliminar las multas por no presentar la declaración o por no pagar. En 2024, el IRS aceptó aproximadamente el 30% de todas las solicitudes de OIC, por lo que una preparación adecuada es fundamental.

¿Qué es una audiencia de debido proceso de cobro (CDP)?

Una audiencia CDP es su derecho legal a impugnar las medidas de cobro del IRS ante un funcionario de Apelaciones independiente. Puede solicitar una audiencia CDP cuando reciba un Aviso Final de Intención de Embargo (LT11 o Carta 1058) o un aviso de presentación del Aviso de Gravamen por Impuestos Federales (Carta 3172). Debe presentar el Formulario 12153 dentro de los 30 días siguientes a la fecha del aviso. Durante una audiencia CDP, el IRS no puede seguir adelante con el embargo, y usted puede proponer otras vías de solución, como planes de pagos a plazos, un OIC o el estado de No Cobrable Actualmente (CNC). Si no está de acuerdo con la decisión de Apelaciones, puede presentar una petición ante el Tribunal Tributario para que la revise.

¿Cómo sé si una carta del IRS es real o una estafa?

Los avisos legítimos del IRS siempre llegan por correo, incluyen un número de aviso específico (por ejemplo, CP14, CP504, LT11), hacen referencia a su número de Seguro Social o número de identificación tributaria (parcialmente oculto) y se refieren a un año tributario específico. También incluyen un número de teléfono gratuito del IRS para consultas. Las señales de alerta de una estafa incluyen: exigencias de pago inmediato con tarjetas de regalo o criptomonedas, amenazas de arresto, solicitudes de información personal por correo electrónico o por teléfono, y avisos que no mencionan un año tributario ni un número de aviso específicos. Si tiene dudas, llame directamente al IRS al 1-800-829-1040 para verificarlo.

No enfrente al IRS solo

Recibir un aviso del IRS puede hacerle sentir aislado y abrumado, pero usted tiene derechos y tiene opciones. Lo peor que puede hacer es ignorarlo. Lo mejor que puede hacer es actuar ahora, mientras todavía tiene tiempo y alternativas.

¿Necesita ayuda? Llame a Global Gate Tax Relief al 1-877-800-8180 para una consulta gratuita. Nuestro equipo de profesionales de impuestos ha ayudado a miles de estadounidenses a resolver sus problemas con el IRS.

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