Los últimos meses del año son cuando muchos problemas con el IRS llegan a un punto crítico. Las declaraciones con prórroga vencían el 15 de octubre. Siguen llegando avisos de saldo adeudado y de embargo. El cuarto pago del impuesto estimado vence el 15 de enero. A continuación encontrará nuestras guías en orden cronológico para que pueda ir directamente a la que le corresponde.
Fechas clave según IRS.gov
- 15 de octubre
- Vencen las declaraciones con prórroga. Según IRS.gov, una prórroga “le da hasta el 15 de octubre para presentar la declaración sin multas. Asegúrese de pagar los impuestos que adeude a más tardar en la fecha de presentación de abril”. Fuente: IRS: Obtenga una prórroga para presentar su declaración de impuestos
- 15 de enero
- El cuarto pago del impuesto estimado, correspondiente a los ingresos obtenidos del 1 de septiembre al 31 de diciembre, vence el 15 de enero del año siguiente. Fuente: IRS: Preguntas frecuentes sobre el impuesto estimado
- Zonas de desastre
- El IRS pospone los plazos para los contribuyentes que se encuentran en zonas declaradas de desastre a nivel federal, por lo que sus fechas podrían ser posteriores. Consulte: IRS: Alivio de impuestos en situaciones de desastre
Su lista de verificación de fin de año
¿Se le pasó la prórroga del 15 de octubre?
La prórroga le daba hasta el 15 de octubre para presentar la declaración, no para pagar. Si esa fecha ya pasó, la multa por presentación tardía (5% del impuesto no pagado al mes, con un límite del 25%) sigue aumentando hasta que usted presente la declaración o se alcance el límite. Esto es lo que debe hacer ahora.
Vea también: Multa por no presentar vs. multa por no pagarVarios años sin declarar
¿Recibió un aviso de saldo adeudado?
El CP14 es el primer cobro del IRS. El CP501 y el CP503 son recordatorios. Sepa qué significa cada uno y cómo responder antes de que el caso pase a la siguiente etapa.
Vea también: CP501CP503Cómo responder a cualquier aviso
¿Recibió un aviso de intención de embargo?
El CP504 y el LT11 (Carta 1058) llegan antes de un embargo. El LT11 le da un plazo de 30 días para solicitar una audiencia de debido proceso de cobro (Collection Due Process).
Vea también: LT11 / Carta 1058Las etapas del proceso de cobro
Embargo de sueldo o de cuenta bancaria
Cómo funcionan los embargos de sueldo y bancarios del IRS, qué puede tomar el IRS y cómo se solicita la liberación del embargo.
Vea también: Embargo bancario
¿No puede pagar lo que debe?
Siete opciones reales, desde una prórroga a corto plazo hasta un Ofrecimiento de Transacción (Offer in Compromise), y lo que cuesta cada una.
Planes de pagos
Pague al IRS en cuotas mensuales en lugar de todo de una vez. Compare los tipos de planes y sepa cómo mantener uno al día.
Ofrecimiento de Transacción
Vea si podría calificar para llegar a un acuerdo por menos de lo que debe y cómo el IRS evalúa un ofrecimiento.
No puede pagar nada en este momento
Si pagar le impidiera cubrir sus gastos básicos de manutención, el estado de “No Cobrable Actualmente” (Currently Not Collectible) puede pausar el cobro. Sepa cómo decide el IRS.
Alivio de multas
La reducción por primera vez (First-Time Abatement), la causa razonable y las demás formas en que el IRS puede eliminar multas.
Pago del impuesto estimado del 15 de enero
El cuarto pago del impuesto estimado vence el 15 de enero. Aplique las reglas de protección (safe harbor) para que el próximo abril no le traiga un nuevo saldo.
Preguntas frecuentes
No. Según IRS.gov, una prórroga le da hasta el 15 de octubre para presentar la declaración, y usted debe pagar los impuestos que adeude a más tardar en la fecha de presentación de abril (IRS: Obtenga una prórroga para presentar su declaración de impuestos). Los intereses y la multa por pago tardío corren sobre cualquier cantidad que quede sin pagar después de abril. Si ya pasó el 15 de octubre, consulte nuestra guía sobre qué hacer si se le pasó el plazo del 15 de octubre.
El IRS indica que el pago por los ingresos obtenidos del 1 de septiembre al 31 de diciembre vence el 15 de enero del año siguiente, con las excepciones que se explican en la Publicación 505 (IRS: Preguntas frecuentes sobre el impuesto estimado).
El IRS dice que envía un CP14 “porque usted debe dinero de impuestos no pagados” (IRS: Cómo entender su aviso CP14). Nuestra guía sobre el CP14 le explica sus opciones.
El IRS describe el CP504 como “su recordatorio final” antes de embargar sueldos, cuentas bancarias o su reembolso de impuestos estatales (IRS: Cómo entender su aviso CP504). En el caso de un LT11 o de la Carta 1058, el IRS indica que usted puede solicitar una apelación del embargo propuesto siguiendo las instrucciones de la carta (IRS: Cómo entender su aviso LT11 o Carta 1058). Consulte nuestras guías sobre el CP504 y el LT11.
Sí. La consulta es gratuita y sin compromiso. Si aceptamos su caso, le cotizamos la tarifa fija por adelantado, antes de comenzar cualquier trabajo. Llame al 1-877-800-8180 o envíenos un mensaje.
Fuentes
- IRS: Obtenga una prórroga para presentar su declaración de impuestos (actualizado el 20 de septiembre de 2026)
- IRS: Preguntas frecuentes sobre el impuesto estimado (actualizado el 25 de septiembre de 2026)
- IRS: Cómo entender su aviso CP14 (actualizado el 23 de junio de 2026)
- IRS: Cómo entender su aviso CP504 (actualizado el 16 de diciembre de 2025)
- IRS: Cómo entender su aviso LT11 o Carta 1058 (actualizado el 30 de enero de 2026)
- IRS: Alivio de impuestos en situaciones de desastre (actualizado el 16 de septiembre de 2026)
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