Guía de obligaciones tributarias con el IRS

Cómo detener temporalmente el cobro del IRS mientras decide qué hacer

Última revisión octubre de 2026Revisado por Safwan Al-Sayyad, Global Gate Tax and Accounting

Respuesta breve

El cobro del IRS solo se detiene cuando la ley o una decisión del IRS lo detiene: un plan de pagos o un Ofrecimiento de Transacción (Offer in Compromise) pendiente, una audiencia de debido proceso de cobro (Collection Due Process) solicitada a tiempo, el estado de No Cobrable Actualmente (Currently Not Collectible), la suspensión automática por bancarrota, la ayuda del Servicio del Defensor del Contribuyente (Taxpayer Advocate Service) o un aplazamiento por desastre. Una llamada telefónica por sí sola no tiene un período de suspensión establecido. Los intereses siguen aumentando durante cualquier pausa.

Puntos clave

  • La pausa más rápida que la mayoría de las personas puede obtener por su cuenta es una solicitud de plan de pagos: por ley, el IRS no puede embargar mientras está pendiente (IRC 6331(k)).
  • Una solicitud de debido proceso de cobro presentada a tiempo, dentro de 30 días (IRS.gov, 2026) desde un aviso final de embargo, impide ese embargo hasta que Apelaciones decida.
  • El estado de No Cobrable Actualmente detiene la mayor parte del cobro mientras dure la dificultad económica, pero el IRS lo revisa y el plazo de prescripción para el cobro sigue corriendo.
  • Los intereses a la tasa federal a corto plazo más 3 puntos porcentuales (7% (IRS.gov, jul.-dic. de 2026) actualmente) siguen acumulándose durante cualquier tipo de pausa.
  • Una pausa es tiempo para resolver el problema, no la solución: la mayoría de las pausas terminan en un plan de pagos, un ofrecimiento o el estado de dificultad económica.

Todas las formas de detener el cobro del IRS, de un vistazo

Aquí “cobro” significa acciones ejecutivas: embargos de sueldo, de cuentas bancarias y de pagos federales, e incautaciones. Algunas pausas provienen del propio código tributario, así que se aplican automáticamente una vez que usted presenta la solicitud correcta. Otras dependen de una decisión del IRS. La tabla las compara; las secciones siguientes explican cada una.

Método Cómo solicitarlo Cuánto tiempo se detiene el cobro ¿Se detienen los intereses? ¿Se detiene la CSED?
Llamada telefónica al IRS Número que aparece en su aviso No hay un período de suspensión publicado No No
Solicitud de plan de pagos Solicitud de plan de pagos en línea, Formulario 9465 o teléfono Mientras está pendiente, 30 días después de un rechazo y durante una apelación; no hay embargo mientras el plan esté vigente No Sí, mientras está pendiente (más 30 días si se rechaza); no una vez que el plan está vigente
Ofrecimiento de Transacción Formulario 656 con los formularios financieros y la tarifa Mientras está pendiente, 30 días después de un rechazo y durante una apelación No Sí, en los mismos períodos
Audiencia de debido proceso de cobro Formulario 12153 antes del plazo indicado en el aviso final Hasta que la decisión de Apelaciones sea definitiva, incluido el Tribunal Tributario No Sí (después quedan al menos 90 días)
Audiencia equivalente Formulario 12153, casilla 2, dentro de 1 año (IRS.gov, 2026) La ley no lo exige; el IRS aun así puede embargar No No
No Cobrable Actualmente Por teléfono, con el Formulario 433-F, 433-A o 433-B Sin período fijo; se revisa cuando cambian sus finanzas No No
Bancarrota Presentación ante el tribunal (suspensión automática) Mientras la suspensión esté vigente No Sí, más 6 meses
Servicio del Defensor del Contribuyente Formulario 911 o teléfono Solo si el TAS logra que el IRS actúe o emite una Orden de Asistencia al Contribuyente No No por la sola solicitud (vea más abajo)
Aplazamiento por desastre Automático para las direcciones afectadas Se aplazan los plazos que caen dentro del período del desastre; se suspenden los pagos del plan que vencen en ese período No sobre saldos de años anteriores No figura en la lista del IRS

CSED significa la fecha de vencimiento del plazo de cobro (Collection Statute Expiration Date), el final de los 10 años (IRS.gov, 2026) que el IRS generalmente tiene para cobrar cada tasación. Una pausa que la suspende le da al IRS más tiempo después. Fuentes: IRC 6330, 6331(k), 6503(h); página del IRS sobre el tiempo que tiene para cobrar impuestos; Publicaciones 594 y 1660. Los detalles de cada suspensión están en nuestra guía del plazo de cobro.

Llamar al IRS: lo que una llamada puede y no puede hacer

La mayoría de los avisos, desde el recordatorio CP503 hasta el CP504, el aviso de intención de embargo, le indican que llame. Vale la pena llamar: el IRS puede explicarle el saldo, corregir errores, establecer un plan de pagos durante la llamada o iniciar una revisión por dificultad económica. Pero IRS.gov no describe una “suspensión del cobro” telefónica estándar ni publica cuánto duraría, así que no confíe en una promesa verbal de esperar.

  • Deje algo registrado. Pida la acción que activa una pausa legal, como una solicitud de plan de pagos, y anote la fecha, el nombre y el número de identificación del empleado, y lo que se acordó.
  • Una llamada no amplía los plazos. La Publicación 1660 del IRS dice que comunicarse con el IRS por un aviso de gravamen o de embargo “NO amplía el período de 30 días” para solicitar una audiencia de debido proceso de cobro.
  • Números. Use el número que aparece en su aviso. Si no tiene uno, las personas físicas pueden llamar al 800-829-1040 (IRS.gov, 2026) y los negocios al 800-829-4933 (IRS.gov, 2026).

Solicite un plan de pagos: la pausa legal más rápida

Según el IRC 6331(k)(2), el IRS no puede embargar mientras su solicitud de plan de pagos a plazos (Installment Agreement) esté pendiente, durante 30 días después de que se rechace y mientras esté pendiente cualquier apelación de ese rechazo. Una vez que el plan está vigente, no puede embargar mientras usted cumpla sus condiciones. El IRS aun así puede presentar un Aviso de Gravamen por Impuestos Federales (Notice of Federal Tax Lien).

Una solicitud pendiente detiene el plazo de prescripción para el cobro; un plan aprobado no. Mientras un plan está vigente, la multa por no pagar baja al 0.25% (IRS.gov, 2026) mensual si usted presentó a tiempo, pero los intereses continúan. Si deja de hacer pagos, el IRS envía un CP523, su aviso de intención de cancelar el plan y embargar; comuníquese con el IRS dentro de 30 días desde ese aviso para conservar el plan.

Una solicitud solo le protege si el IRS puede tramitarla. Los planes y los ofrecimientos generalmente exigen que se hayan presentado todas las declaraciones requeridas, y el IRS devuelve los ofrecimientos de personas que no reúnen los requisitos. Primero presente las declaraciones que falten; vea declaraciones no presentadas y Fresh Start.

Un Ofrecimiento de Transacción pendiente

El IRC 6331(k)(1) prohíbe los embargos mientras un Ofrecimiento de Transacción esté pendiente (desde la fecha en que el IRS lo acepta para su trámite), durante 30 días después de un rechazo y durante una apelación del rechazo. La página del IRS sobre los ofrecimientos dice que suspende la mayoría de las actividades de cobro mientras evalúa un ofrecimiento y que usted no necesita seguir pagando un plan de pagos existente por el mismo saldo. Debe seguir haciendo los pagos que exija el propio ofrecimiento, el IRS puede presentar un gravamen y el período de cobro se prolonga por el tiempo que el ofrecimiento esté pendiente. Un ofrecimiento cuesta una tarifa de solicitud de $205 (IRS.gov, 2026), salvo que usted califique como persona de bajos ingresos, así que presente uno porque se ajusta a sus finanzas, no para ganar tiempo. Vea cómo calcula el IRS un ofrecimiento.

Audiencias de debido proceso de cobro y audiencias equivalentes

Si tiene un Aviso Final de Intención de Embargo (Final Notice of Intent to Levy), como un LT11 o la Carta 1058, tiene 30 días desde la fecha del aviso para solicitar una audiencia de debido proceso de cobro con el Formulario 12153 (Rev. 7-2022 (IRS.gov, 7-2022)). Según el IRC 6330(e), una solicitud presentada a tiempo generalmente impide el embargo y detiene el plazo de prescripción para el cobro hasta que la determinación de Apelaciones sea definitiva, incluida cualquier revisión del Tribunal Tributario (U.S. Tax Court). Si quedaran menos de 90 días del plazo, este se amplía hasta 90 días después de esa fecha.

Si se le pasa el plazo, todavía puede pedir una audiencia equivalente (Equivalent Hearing) dentro de 1 año. Apelaciones considera los mismos asuntos, pero la ley no prohíbe los embargos durante ella y el plazo de prescripción sigue corriendo. Ninguno de los dos tipos de audiencia impide que se presente un gravamen. Para un plan de respuesta paso a paso, vea su plan de 30 días ante el aviso final.

No Cobrable Actualmente: la pausa por dificultad económica

Si pagar cualquier cantidad le impidiera cubrir sus gastos básicos de manutención, el IRS puede aplazar temporalmente el cobro y poner su cuenta en estado de No Cobrable Actualmente (CNC). El IRS dice que ha “suspendido temporalmente la mayoría de las actividades de cobro” y que “no hay un período fijo”; puede revisar sus finanzas periódicamente y reanudar el cobro si mejora su capacidad de pago.

  • Cómo solicitarlo. Llame al número de su aviso o a la línea del IRS, y tenga lista una declaración financiera (Formulario 433-F, 433-A, o 433-B para un negocio) y comprobantes de ingresos, gastos y bienes.
  • Embargos. Si le están embargando el sueldo, el IRS debe liberar ese embargo tan pronto como sea factible una vez que acepte que su saldo no es cobrable (IRC 6343(e)).
  • Lo que continúa. Las multas y los intereses siguen acumulándose, los reembolsos se aplican al saldo, se puede presentar un gravamen y el plazo de prescripción para el cobro sigue corriendo, porque el estado CNC no figura en la lista del IRS de eventos que lo detienen.

Todos los detalles, incluido cómo mide el IRS la dificultad económica, están en nuestra guía del estado de No Cobrable Actualmente.

Bancarrota, el Defensor del Contribuyente y alivio por desastres

Suspensión automática por bancarrota

Declararse en bancarrota activa una suspensión automática que prohíbe los actos de cobro de reclamaciones anteriores a la petición, incluidos los embargos del IRS (11 U.S.C. 362). El plazo de prescripción para el cobro se suspende mientras al IRS se le prohíbe cobrar, más 6 meses (IRC 6503(h)). La bancarrota tiene consecuencias graves más allá de los impuestos y no elimina todos los impuestos, así que primero pida asesoría a un abogado de bancarrotas. La Publicación 594 le pide que avise al IRS de inmediato llamando al número que aparece en su factura o al 1-800-973-0424.

Servicio del Defensor del Contribuyente

El Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS) es una oficina independiente y gratuita dentro del IRS. Puede ayudar cuando un problema con el IRS le está causando dificultades económicas, cuando usted intentó resolverlo con el IRS sin éxito o cuando un proceso del IRS no funciona como debería. Solicite ayuda con el Formulario 911 (Rev. 6-2026 (IRS.gov, 6-2026)) o llamando al 877-777-4778 (IRS.gov, 2026). Si enfrenta una dificultad importante, incluida una amenaza inmediata de una acción adversa, el Defensor Nacional del Contribuyente (National Taxpayer Advocate) puede emitir una Orden de Asistencia al Contribuyente (Taxpayer Assistance Order) que indique al IRS liberar un embargo o detener una acción (IRC 7811). Pedir ayuda al TAS no detiene por sí solo el cobro, y las instrucciones del Formulario 911 advierten que tampoco amplía sus propios plazos, como el de una solicitud de debido proceso de cobro.

Desastres declarados por el gobierno federal

Cuando el IRS otorga alivio por desastre, aplaza los plazos de presentación y de pago que caen dentro del período del desastre, y marca las cuentas automáticamente según el código postal de su dirección registrada. Según las preguntas frecuentes del IRS sobre desastres, los pagos del plan de pagos a plazos que vencen durante el período de alivio se suspenden y el plan se restablece después sin cargo. El IRS no reduce los intereses sobre saldos de años anteriores, aunque considerará eximir las multas por pago tardío por causa razonable relacionada con el desastre. Consulte la lista de alivio por desastres del IRS para su condado.

Cómo aprovechar la pausa: qué hacer después

Toda pausa tiene un costo. Los intereses siguen capitalizándose a diario a la tasa federal a corto plazo más 3 puntos porcentuales, que se ajusta cada trimestre (7% este trimestre), y la multa por no pagar corre a un máximo del 0.5% (IRS.gov, 2026) mensual. La mayoría de las pausas que prolongan el plazo de prescripción para el cobro también le dan al IRS más tiempo para cobrar después. Use ese tiempo para llegar a una solución duradera:

  1. Obtenga sus cifras. Descargue las transcripciones de cuenta y los saldos de cada año desde su Cuenta en línea del IRS.
  2. Presente las declaraciones que falten. Casi todas las opciones las exigen.
  3. Elija la opción adecuada. Pagar a plazos, llegar a un acuerdo mediante un ofrecimiento o pedir el estado de dificultad económica. Nuestra guía de alivio según el tamaño del saldo y la comparación de opciones de Fresh Start le ayudan a elegir.
  4. Déjelo por escrito. Guarde las confirmaciones de cada solicitud y acuerdo.

Puede hacer todo esto por su cuenta, y hay ayuda gratuita del TAS y de las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (Low Income Taxpayer Clinics). Si ya hay un embargo en curso, el saldo es grande o hay un negocio de por medio, un representante puede solicitar la pausa y la solución al mismo tiempo. Global Gate Tax Relief ofrece una consulta gratuita y le indica una tarifa fija por adelantado si acepta el caso; no hace promesas sobre los resultados. Inicie una revisión gratuita de su caso o llame al 1-877-800-8180.

Preguntas frecuentes

Puede pedirlo, pero IRS.gov no describe una suspensión telefónica estándar ni dice cuánto dura. Las pausas con fuerza legal provienen de una solicitud pendiente de plan de pagos o de ofrecimiento, una audiencia de debido proceso de cobro (Collection Due Process) solicitada a tiempo, el estado de No Cobrable Actualmente (Currently Not Collectible) o la suspensión por bancarrota. Pida una de ellas y obtenga una confirmación.

Fuentes

  1. IRS: Temporarily delay the collection process
  2. IRS Topic no. 201, The collection process
  3. IRS Topic no. 202, Tax payment options
  4. IRS: Get help with tax debt
  5. IRS: Time IRS can collect tax
  6. IRS: Offer in compromise
  7. IRS: Payment plans; installment agreements
  8. IRS: Simple payment plans for individuals and businesses
  9. IRS: Understanding your CP523 notice
  10. IRS: Understanding your LT11 notice or Letter 1058
  11. IRS Publication 594, The IRS Collection Process (Rev. 1-2026)
  12. IRS Publication 1660, Collection Appeal Rights (Rev. 1-2020)
  13. IRS Form 12153 (Rev. 7-2022)
  14. IRS Form 911 and instructions (Rev. 6-2026)
  15. IRS: FAQs for disaster victims
  16. IRS: Tax relief in disaster situations
  17. IRS: Failure to pay penalty
  18. IRS: Quarterly interest rates
  19. 26 U.S.C. 6330, Notice and opportunity for hearing before levy
  20. 26 U.S.C. 6331, Levy and distraint
  21. 26 U.S.C. 6343, Authority to release levy
  22. 26 U.S.C. 6503, Suspension of running of period of limitation
  23. 26 U.S.C. 7811, Taxpayer Assistance Orders
  24. 26 U.S.C. 7508A, Postponement for federally declared disasters
  25. 11 U.S.C. 362, Automatic stay

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