Guía de obligaciones tributarias con el IRS

¿Perdió su empleo y le debe al IRS? Cómo reducir o pausar los pagos

Última revisión octubre de 2026Revisado por Safwan Al-Sayyad, Global Gate Tax and Accounting

Respuesta breve

Si perdió su empleo y le debe al IRS, comuníquese con el IRS antes de dejar de hacer un pago. Por lo general puede reducir en línea un plan de pagos existente o, si no puede pagar nada, pedir el estado de No Cobrable Actualmente. Recuerde que los beneficios por desempleo y la indemnización por despido están sujetos a impuestos, y que los retiros anticipados del 401(k) suelen añadir un impuesto adicional del 10%.

Puntos clave

  • Los beneficios por desempleo deben incluirse en los ingresos; puede pedir que se le retenga el 10% de cada pago con el Formulario W-4V.
  • La indemnización por despido es ingreso sujeto a impuestos, y un retiro del 401(k) antes de los 59 años y medio (59 1/2) suele añadir un impuesto adicional del 10%, salvo que se aplique una excepción.
  • Un plan existente puede modificarse en línea por $6 (IRS.gov, 2026); hágalo antes de que un pago no realizado traiga un aviso de incumplimiento CP523.
  • Si no puede pagar nada, el estado de No Cobrable Actualmente pausa la mayor parte del cobro, pero el saldo, los intereses y las multas siguen ahí.
  • Un Ofrecimiento de Transacción presentado justo después de un despido puede valorarse según los ingresos que se espera que vuelva a ganar, así que el momento importa.

Cómo tributa el dinero que recibe después de un despido

Perder el empleo suele crear un segundo problema tributario además del que ya tiene. Hay tres tipos de pagos comunes, y todos tributan:

  • Beneficios por desempleo. El Tema 418 del IRS dice que, por lo general, usted “debe incluir en sus ingresos toda compensación por desempleo que reciba”. El estado envía el Formulario 1099-G con el total en la casilla 1. No se retiene impuesto federal a menos que usted lo pida: en el Formulario W-4V puede elegir una retención del 10% de cada pago, y no se permite ninguna otra tasa. De lo contrario, quizás tenga que hacer pagos trimestrales del impuesto estimado.
  • Indemnización por despido. La Publicación 525 del IRS dice que “usted debe incluir en sus ingresos las cantidades que reciba como indemnización por despido”. La retención sobre un pago global puede no coincidir con el impuesto que termine debiendo por el año, así que revísela con la Calculadora de retención de impuestos del IRS.
  • Retiros del 401(k) o de una IRA. La parte sujeta a impuestos es ingreso ordinario. Si tiene menos de 59 años y medio (59 1/2), el IRS añade “un impuesto adicional del 10% por retiro anticipado, a menos que se aplique una excepción”, que se declara en el Formulario 5329 cuando se requiere. Una distribución sujeta a impuestos de un plan del empleador que se le paga a usted tiene una retención obligatoria, por lo general, del 20 por ciento; una transferencia directa (rollover directo) no tiene retención, y usted tiene 60 días para transferir una distribución que haya recibido.

Excepciones al impuesto adicional del 10% que importan después de un despido

Excepción Plan del empleador (401(k)) IRA
Deja el empleo durante o después del año en que cumple 55 años (50 para empleados de seguridad pública) Sí No
Primas de seguro médico pagadas mientras está desempleado No Sí
Una distribución por gasto personal de emergencia al año, hasta $1,000 (IRS.gov, 2026) Sí Sí
Serie de pagos periódicos sustancialmente iguales Sí Sí
Discapacidad total y permanente Sí Sí

Fuente: IRS, Retirement topics: exceptions to tax on early distributions (excepciones al impuesto sobre distribuciones anticipadas). La excepción elimina solo el impuesto adicional del 10%; el impuesto sobre el ingreso se sigue aplicando.

Ejemplo (cifras supuestas). A Jordan, de 45 años, lo despiden. Debe $14,000 en un plan de pagos simple de $450 al mes y está pensando sacar $20,000 de su 401(k) para liquidarlo. El plan retiene el 20 por ciento, $4,000, así que recibe $16,000. El impuesto adicional del 10% es de $2,000. Si su tasa de impuesto sobre el ingreso para el retiro es del 12% (supuesta), son $2,400 más, para un total de $4,400 frente a $4,000 retenidos: debería otros $400 el próximo abril. Pagar los $14,000 le deja $2,000 del retiro. La alternativa que considera: modificar el plan en línea a un pago que pueda costear mientras busca trabajo.

Si el IRS ya embargó una cuenta de jubilación, lea los embargos del IRS sobre cuentas de jubilación.

Si ya tiene un plan de pagos: redúzcalo antes de dejar de pagar

La página del IRS sobre planes de pagos dice que puede cambiar un plan existente ingresando a su Cuenta en línea del IRS, donde “puede modificar el tipo de plan actual, la fecha de pago y la cantidad”. Allí también puede cambiarlo a débito directo. Si no puede modificarlo en línea, llame al 800-829-1040 (IRS.gov, 2026).

Cómo lo modifica Cargo
En línea $6
Por teléfono, por correo o en persona $89 (IRS.gov, 2026)
Por teléfono, por correo o en persona, contribuyentes de bajos ingresos $43 (IRS.gov, 2026)
Cambios a un plan existente por débito directo $0 (IRS.gov, 2026)

Si no puede hacer ni siquiera el pago mínimo requerido, el IRS pide una declaración financiera (Formulario 433-F, 433-H o, para negocios, 433-B) para fijar un pago basado en sus ingresos y gastos reales. Los tipos de plan y sus condiciones se comparan en la comparación de planes de pagos del IRS.

Si ya dejó de hacer un pago

Un pago no realizado puede poner el plan en incumplimiento. El IRS envía entonces el CP523, su aviso de intención de cancelar el plan de pagos a plazos (Installment Agreement) y embargar. El IRS indica que pague antes de la fecha de cancelación que figura en el aviso y que se comunique con él “lo antes posible, pero a más tardar 30 días a partir de la fecha del aviso”. Puede aplicarse un cargo de restablecimiento. Actuar en este momento conserva su plan; esperar puede reiniciar el proceso de embargo.

Si ahora no puede pagar nada: No Cobrable Actualmente

Cuando pagar le impediría cubrir sus gastos básicos de manutención, el IRS “puede poner su cuenta en estado de No Cobrable Actualmente (Currently Not Collectible, CNC)”. Para decidirlo, pide una declaración financiera (Formulario 433-F o 433-A) y comprobantes de ingresos, gastos, cuentas de banco y activos. Lo que el estado CNC hace y no hace, según IRS.gov:

  • La mayor parte del cobro se detiene, y la Publicación 594 del IRS dice que el IRS no puede emitir un nuevo embargo mientras acepte que usted no puede pagar debido a dificultad económica.
  • El saldo “no se perdona ni se cancela”, y las multas y los intereses siguen aumentando. Los intereses se calculan con la tasa federal a corto plazo más 3 puntos porcentuales y se ajustan cada trimestre (7% (IRS.gov, jul.-dic. de 2026) este trimestre).
  • El IRS aún puede presentar un Aviso de Gravamen por Impuestos Federales (Notice of Federal Tax Lien) y aplicará cualquier reembolso federal al saldo. Puede revisar sus finanzas más adelante y reanudar el cobro cuando sus ingresos se recuperen.

Conviene saberlo mientras está sin trabajo: la Publicación 594 incluye los beneficios por desempleo entre los pagos que el IRS no puede embargar. Las cuentas de jubilación y las cuentas de banco no están en esa lista.

Las reglas completas, incluida la forma en que el IRS revisa las cuentas en estado CNC, están en la guía de No Cobrable Actualmente. Si ya llegó un aviso final de intención de embargo, vea cómo pausar el cobro del IRS, donde se explica la audiencia de debido proceso de cobro (Collection Due Process) que puede solicitar dentro de 30 días (IRS.gov, 2026) de recibir un LT11 o la Carta 1058.

Ofrecimiento de Transacción: por qué el momento importa después de un despido

Un Ofrecimiento de Transacción (Offer in Compromise) liquida el saldo por menos de la cantidad total cuando usted no puede pagarlo de manera realista. El IRS considera “los ingresos, los gastos y el valor neto de los activos”, y la cantidad del ofrecimiento incluye los ingresos futuros: el ingreso mensual disponible multiplicado por 12 (IRS.gov, abril de 2026) meses en una oferta de suma global o por 24 (IRS.gov, abril de 2026) meses en una oferta de pagos periódicos.

Aquí está el problema. El manual del IRS para los examinadores de ofrecimientos (IRM 5.8.5.20, Future Income) les indica que, cuando un contribuyente está “temporal o recientemente desempleado o subempleado”, usen “el nivel de ingresos que se esperaría si el contribuyente tuviera empleo completo” si la posibilidad de conseguir empleo es evidente. Para alguien desempleado que no se espera que vuelva a su ocupación o nivel de ingresos anterior, el examinador debe hablar con el contribuyente sobre los ingresos futuros esperados. Para el desempleo de largo plazo, el manual indica usar los ingresos actuales.

Así que un ofrecimiento presentado el mes siguiente a un despido puede valorarse como si su sueldo anterior fuera a volver. Para muchas personas, el orden más realista es un plan de pagos más bajo o el estado CNC mientras buscan trabajo, y un ofrecimiento más adelante si sus ingresos siguen bajos. Para reunir los requisitos, también debe haber presentado todas las declaraciones requeridas y hecho los pagos del impuesto estimado requeridos. Pruebe las cifras con la calculadora del ofrecimiento o con la herramienta de precalificación del IRS (Offer in Compromise Pre-Qualifier), y lea la guía del Ofrecimiento de Transacción antes de pagar el cargo de solicitud de $205 (IRS.gov, 2026).

Documentos que debe reunir

  • Su aviso de separación del empleo, su último talón de pago y cualquier acuerdo de indemnización.
  • La carta de aprobación del desempleo y el historial de pagos (más adelante, el Formulario 1099-G).
  • Estados de cuenta del 401(k), la IRA y otras cuentas de jubilación, además del Formulario 1099-R de cualquier retiro.
  • Su presupuesto mensual actual: renta o hipoteca, servicios públicos, comida, vehículo, seguro médico y cualquier pago ordenado por un tribunal.
  • Estados de cuenta bancarios de los últimos tres meses.
  • Los detalles de su plan de pagos y todos los avisos del IRS, en orden. Su Cuenta en línea muestra el saldo y el plan.

Son los mismos documentos que pide una declaración financiera, así que reunirlos ahora agiliza la modificación del plan o la solicitud del estado CNC.

Su próximo paso

Si tiene un plan, modifíquelo en línea antes de la próxima fecha de vencimiento. Si no puede pagar nada, llame al IRS y pregunte por el estado de No Cobrable Actualmente. Si el IRS no responde y el problema le está causando dificultades económicas, el Servicio del Defensor del Contribuyente (Taxpayer Advocate Service) es gratuito e independiente dentro del IRS; puede llamar al 877-777-4778 (IRS.gov, 2026) o presentar el Formulario 911 (Rev. 6-2026 (IRS.gov, 6-2026)). Las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (Low Income Taxpayer Clinics) también representan a los contribuyentes que reúnan los requisitos gratis o por un cargo pequeño. Si llegó un aviso final, siga el plan de acción ante un aviso final. Si quiere que un profesional lo revise, solicite una consulta gratuita; si una simple modificación en línea lo resuelve, se lo diremos.

Preguntas frecuentes

Sí. Por lo general, debe incluir en sus ingresos toda la compensación por desempleo. Su estado la reporta en el Formulario 1099-G. Puede pedir que se le retenga el 10% de cada pago entregando el Formulario W-4V al pagador, o hacer pagos del impuesto estimado.

Fuentes

  1. IRS Topic no. 418, Unemployment compensation
  2. IRS Form W-4V (Rev. January 2026), Voluntary Withholding Request
  3. IRS Publication 525 (2025), Taxable and Nontaxable Income
  4. IRS: Retirement topics, exceptions to tax on early distributions
  5. IRS Topic no. 558, Additional tax on early distributions from retirement plans other than IRAs
  6. IRS Topic no. 413, Rollovers from retirement plans
  7. IRS: Payment plans; installment agreements
  8. IRS: Understanding your CP523 notice
  9. IRS: Temporarily delay the collection process
  10. IRS Publication 594 (Rev. 1-2026), The IRS Collection Process
  11. IRS: Offer in compromise
  12. IRM 5.8.5, Financial Analysis (5.8.5.20 Future Income)
  13. IRS: The Taxpayer Advocate Service is your voice at the IRS
  14. IRS: Low Income Taxpayer Clinics

Verificamos cada cifra con IRS.gov y registramos los cambios en la página de cifras clave.

¿Quiere que un profesional revise sus opciones?

Consulta gratuita y sin compromiso. Si aceptamos su caso, le indicamos la tarifa fija por adelantado, antes de comenzar cualquier trabajo. Si usted puede resolverlo por su cuenta a través de IRS.gov, se lo diremos. No se garantiza ningún resultado.

Solicite una consulta gratuitaLlame al 1-877-800-8180

Esta página ofrece información general sobre las normas del IRS, no asesoría tributaria ni legal para su situación. Las cifras del IRS cambian; cada una enlaza a su fuente oficial e indica la fecha en que la verificamos por última vez.