Guía de auditorías del IRS

Notificación de deficiencia (carta de 90 días)

Última revisión octubre de 2026Revisado por Safwan Al-Sayyad, Global Gate Tax and Accounting

Respuesta breve

Una notificación estatutaria de deficiencia (notice of deficiency), a menudo llamada carta de 90 días, es el aviso legal del IRS de que propone cobrar más impuestos. Usted tiene 90 días a partir de la fecha de envío (150 días si va dirigida fuera de los Estados Unidos) para presentar una petición ante el Tribunal Tributario (U.S. Tax Court) sin pagar primero. El IRS no puede extender ese plazo; si no lo cumple, el impuesto se tasa y se le factura.

Puntos clave

  • Una notificación de deficiencia (la Carta 3219 después de una auditoría por correo, la Carta 531 después de una auditoría en persona, el CP3219A después de una revisión de cotejo de ingresos) es una propuesta, no una factura.
  • Usted tiene 90 días a partir de la fecha de envío de la notificación, o 150 días si va dirigida a usted fuera de los Estados Unidos, para presentar una petición ante el Tribunal Tributario; una petición presentada a más tardar en la última fecha impresa en la notificación se considera presentada a tiempo.
  • Ni el IRS ni el Tribunal Tributario pueden extender ese plazo, y escribirle al IRS o llamar al Defensor del Contribuyente no lo detiene.
  • Por lo general, el Tribunal Tributario es el único tribunal donde usted puede disputar el impuesto antes de pagarlo; presentar la petición cuesta $60, y se puede obtener una exención de esa tarifa.
  • Si no cumple el plazo, el IRS tasa el impuesto y le envía una factura; lo que queda es la reconsideración de la auditoría, o pagar y demandar para obtener un reembolso.

Qué es una notificación de deficiencia

Cuando el IRS decide que usted debe más impuesto sobre el ingreso, sobre el patrimonio, sobre donaciones o ciertos impuestos sobre artículos de uso y consumo, la IRC 6212 lo autoriza a enviar una notificación de deficiencia por correo certificado o registrado. Una notificación enviada a su última dirección conocida es legalmente suficiente aunque usted nunca la vea; por eso es importante mantener su dirección actualizada ante el IRS. La Publicación 1035 lo dice claramente: “La notificación no es una tasación del impuesto. Es una deficiencia propuesta”. Es el documento que le da el derecho de acudir al Tribunal Tributario de los EE. UU.

Es posible que la conozca por su número de carta:

Notificación Por lo general sigue a Más información
Carta 3219, Notificación de deficiencia Una auditoría por correo en la que usted no respondió a la carta de 30 días o no llegó a un acuerdo La carta de 30 días
Carta 531, Notificación de deficiencia Una auditoría en persona (en la oficina o de campo) Tipos de auditorías del IRS
CP3219A, Notificación Estatutaria de Deficiencia Un cambio basado en información de empleadores, bancos y otros, a menudo después de un CP2000 sin respuesta, que no es una auditoría El CP3219A, explicado

Todas las versiones muestran los cambios propuestos, el impuesto adicional y cualquier multa, y un último día para presentar una petición ante el Tribunal Tributario. La mayoría llega después de que una carta de 30 días quedó sin respuesta o de que una revisión de Apelaciones terminó sin acuerdo. La Publicación 1035 agrega que el IRS también puede emitir una cuando usted se niega a extender el plazo de prescripción para la tasación.

El plazo de 90 días: cómo se cuenta y por qué es estricto

El plazo no se puede extender. El Tribunal Tributario dice que “no puede extender el plazo para presentar una petición en respuesta a una notificación de deficiencia”. El Servicio del Defensor del Contribuyente (Taxpayer Advocate Service) dice que el plazo “no puede ser extendido por el IRS”, y la Publicación 5 agrega que usted tiene solo ese tiempo “aunque siga hablando con los examinadores del IRS o con Apelaciones”.

Cómo funciona el plazo según la IRC 6213(a) y la orientación del Tribunal Tributario:

  • 90 o 150 días. La petición vence dentro de los 90 días después de que se envía la notificación, o 150 días si va dirigida a una persona fuera de los Estados Unidos.
  • La fecha impresa lo protege. Una petición presentada en la última fecha que el IRS indica en la notificación, o antes, “se considerará presentada a tiempo”, así que use esa fecha. Si no encuentra una, cuente desde la fecha de envío, que por lo general aparece sellada en la notificación.
  • Fines de semana y días feriados. Si el último día cae en sábado, domingo o día feriado legal del Distrito de Columbia, el siguiente día hábil todavía cuenta.
  • Hora límite para la presentación electrónica. El Tribunal Tributario debe recibir una petición presentada electrónicamente a más tardar a las 11:59 p. m., hora del Este, del último día.
  • Envío por correo. Según la IRC 7502, un documento con la dirección correcta, con franqueo pagado y con matasellos de la fecha límite o anterior por lo general se considera presentado a tiempo, y el correo certificado o registrado le da un comprobante. No espere hasta el último día para ponerlo a prueba.
  • Hablar no lo detiene. Según el Servicio del Defensor del Contribuyente, enviarle documentos al IRS o comunicarse con ese servicio no extiende el plazo para presentar la petición.

La Publicación 1035 señala una excepción limitada: el IRS y el contribuyente pueden acordar anular una notificación de deficiencia en ciertas circunstancias. No haga planes contando con ella; requiere el acuerdo del IRS.

Lo que el IRS puede y no puede hacer durante los 90 días

La notificación lo protege además de poner en marcha un reloj. Según la IRC 6213(a), por lo general el IRS no puede tasar el impuesto propuesto, embargar ni demandar para cobrarlo hasta que hayan pasado los 90 o 150 días. Si usted presenta la petición a tiempo, esa prohibición dura hasta que la decisión del Tribunal Tributario sea definitiva.

  • Todavía no hay factura. No debería recibir un aviso de saldo adeudado por la cantidad propuesta durante el plazo. Las excepciones son las poco comunes tasaciones de riesgo y por terminación (jeopardy and termination assessments).
  • El propio reloj del IRS se detiene. Según la IRC 6503(a), el envío de la notificación suspende el plazo del IRS para tasar mientras tiene prohibido hacerlo, más 60 días.
  • No hay una segunda notificación después de su petición. Una vez que usted presenta una petición a tiempo, la IRC 6212(c) por lo general impide que el IRS envíe otra notificación de deficiencia para el mismo año, con excepciones como el fraude.
  • Los intereses siguen corriendo. Si se confirma el impuesto, se cobran intereses desde la fecha de vencimiento de la declaración a la tasa federal a corto plazo más 3 puntos porcentuales, que se ajusta cada trimestre (7% (IRS.gov, jul.-dic. de 2026) este trimestre). La Publicación 3498 dice que un pago anticipado o un depósito según la IRC 6603 detiene los intereses sobre la cantidad pagada. Vea cómo funcionan los intereses del IRS.

Sus opciones cuando llega la notificación

Opción Cómo Plazo Qué pasa después
Aceptar Firme y devuelva la renuncia que vino con la notificación (Formulario 5564, Notice of Deficiency-Waiver, para la Carta 3219 y el CP3219A) Dentro de los 90 días El IRS tasa el impuesto y le envía una factura; pague o establezca un plan
Enviarle documentos al IRS Respóndale al IRS con una explicación y documentos, como lo invita el CP3219A Dentro de los 90 días El IRS puede resolverlo, pero esto no extiende el plazo para presentar la petición
Presentar una petición ante el Tribunal Tributario Presente una petición ante el Tribunal Tributario (no ante el IRS) y pague la tarifa de $60 (IRS.gov, 2026) o pida una exención A más tardar en la última fecha que indica la notificación El IRS presenta una contestación (Answer); normalmente tendrá la oportunidad de llegar a un acuerdo con Apelaciones antes del juicio
Pagar y luego demandar para obtener un reembolso Pague el impuesto en su totalidad, presente una reclamación de reembolso ante el IRS y luego demande en el Tribunal de Distrito de los EE. UU. o en el Tribunal Federal de Reclamaciones (Court of Federal Claims) Se aplican plazos para la reclamación de reembolso y para la demanda Un tribunal revisa el caso después del pago
No hacer nada Sin respuesta No aplica El impuesto se tasa con multas e intereses y usted recibe una factura

La Publicación 5 dice que el Tribunal Tributario es “por lo general un foro ‘previo al pago'”, mientras que los tribunales de distrito y el Tribunal Federal de Reclamaciones por lo general atienden casos tributarios “solo después de que usted haya pagado la cantidad en su totalidad y haya presentado a tiempo una reclamación de reembolso”. Para la mayoría de las personas, la petición es la forma práctica de obtener una revisión independiente sin pagar primero. Si no está seguro de que el IRS esté equivocado, nuestra guía sobre si aceptar o luchar le ayuda a sopesarlo, y cómo disputar un saldo del IRS compara todas las vías.

Cómo presentar una petición ante el Tribunal Tributario, paso a paso

  1. Busque el último día para presentar la petición. Busque el último día para presentar la petición impreso en la notificación y cuente desde su fecha de envío: 90 días, o 150 si iba dirigida a usted fuera de los Estados Unidos. Anote la fecha y planifique hacia atrás a partir de ella.
  2. Decida si acepta o disputa. Si acepta los cambios, firme y devuelva el formulario de renuncia que vino con la notificación (el Formulario 5564 para muchas cartas). Si no está de acuerdo con alguna parte, planee presentar una petición ante el Tribunal Tributario, no ante el IRS.
  3. Prepare la petición. Use el generador de peticiones DAWSON del Tribunal Tributario, o llene en papel la petición simplificada, el formulario T.C. Form 2. Indique cada ajuste del IRS que disputa y los hechos que respaldan su posición, e incluya una copia de la notificación de deficiencia.
  4. Elija el procedimiento para casos pequeños o el ordinario. Si la cantidad en disputa para cada año, incluidas las multas, está dentro del límite para casos tributarios pequeños, puede elegir el procedimiento informal para casos pequeños. Las decisiones en casos pequeños no se pueden apelar.
  5. Pague la tarifa de presentación o pida una exención. La tarifa de presentación del Tribunal Tributario es de $60. Si no puede pagarla, presente la solicitud de exención de la tarifa de presentación del tribunal (Application for Waiver of Filing Fee), firmada bajo pena de perjurio.
  6. Presente la petición ante el Tribunal Tributario a tiempo y guarde el comprobante. Las peticiones presentadas electrónicamente deben llegar al tribunal a más tardar a las 11:59 p. m., hora del Este, del último día. Si la envía por correo, use correo certificado o registrado y guarde el recibo. Luego esté atento a la contestación del IRS y a la comunicación de Apelaciones del IRS o de los abogados del IRS (IRS Counsel) sobre un acuerdo.

La página de primeros pasos para peticionarios del Tribunal Tributario tiene el formulario de petición, la solicitud de exención de la tarifa y las instrucciones de DAWSON. Usted puede representarse a sí mismo (la Publicación 5 lo llama comparecer “pro se”) o usar un representante admitido para ejercer ante el Tribunal Tributario.

La opción del caso tributario pequeño

Si la deficiencia en disputa, incluidos los recargos al impuesto y las multas, es de $50,000 (IRS.gov, 2026) o menos para cualquier año, usted puede pedir el procedimiento para casos tributarios pequeños (small tax case o S case) (IRC 7463; página de procedimientos de casos del Tribunal Tributario). Es más informal, y por lo general el tribunal lo acepta si usted reúne los requisitos. La contrapartida: la decisión “no será revisada por ningún otro tribunal y no se considerará un precedente”. Puede pedir el cambio al procedimiento para casos pequeños en cualquier momento antes de que comience el juicio.

Regla Caso tributario pequeño Caso ordinario Fuente
Cantidad en disputa $50,000 o menos por año, incluidas las multas Cualquier cantidad IRC 7463(a)
Apelación de la decisión No se permite Ante un tribunal federal de apelaciones IRC 7463(b); Tribunal Tributario
Precedente Ninguno Sí IRC 7463(b)
Tarifa de presentación $60, con posible exención $60, con posible exención ustaxcourt.gov

Vea el procedimiento para casos pequeños del Tribunal Tributario para saber cuándo conviene.

Después de presentar la petición: un acuerdo con Apelaciones

Presentar una petición no significa que vaya a estar frente a un juez. El Tribunal Tributario dice que a continuación el IRS presenta una contestación, que nombra al abogado del IRS que lleva el caso. La Publicación 5 dice que si usted no apeló antes dentro del IRS, “normalmente tendrá la oportunidad de intentar un acuerdo con Apelaciones mientras espera el juicio”, y es posible que no necesite ir a juicio si llega a un acuerdo antes. La Publicación 1035 dice que usted “por lo general tendrá la oportunidad de llegar a un acuerdo antes del juicio”. Si no llega a un acuerdo, el caso va a juicio, llevado por usted o por un representante admitido ante el Tribunal Tributario.

La Publicación 5 advierte que el Tribunal Tributario puede imponer una multa si determina que un caso se presentó principalmente para retrasar o con base en una posición frívola, así que presente una petición solo cuando haya desacuerdos reales sobre los hechos o la ley.

Si no cumplió los 90 días

El Servicio del Defensor del Contribuyente dice que después del plazo “no podrá hacer que un juez revise su caso sin pagar primero la cantidad adeudada”, y el impuesto se tasa con multas e intereses. Luego llega una factura, como un CP14, y después los avisos de cobro habituales. Todavía tiene opciones:

  • Reconsideración de la auditoría (audit reconsideration) si el impuesto no está pagado y usted tiene información nueva que el IRS no ha visto. Vea la reconsideración de la auditoría.
  • Pagar y reclamar un reembolso. Pague en su totalidad, presente una reclamación de reembolso y, si se la niegan, demande en el tribunal de distrito o en el Tribunal Federal de Reclamaciones; la Publicación 5 dice que tiene 2 años a partir del aviso de rechazo de la reclamación para demandar.
  • No es posible impugnar la obligación en una audiencia CDP. Según la IRC 6330(c)(2)(B), una audiencia de debido proceso de cobro (Collection Due Process) puede considerar la cantidad del impuesto solo si usted no recibió una notificación de deficiencia por ese impuesto y no tuvo otra oportunidad de disputarlo.
  • Si el impuesto es correcto pero no puede pagarlo, compare sus opciones del programa Fresh Start.

Nuestra página sobre los plazos de auditoría no cumplidos repasa cada vía en orden.

Hacerlo usted mismo, ayuda gratuita y cuándo vale la pena un representante

El Tribunal Tributario está diseñado para poder usarse sin abogado: una petición para llenar, presentación en línea y procedimientos para casos pequeños en disputas menores. Hacerlo usted mismo es razonable cuando el asunto es limitado y está bien documentado. La ayuda vale más cuando la cantidad es grande, hay varios años o ingresos de negocio de por medio, se proponen multas como la de fraude, o no está seguro de si le conviene más una petición o una demanda de reembolso.

  • Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos: las LITC (Low Income Taxpayer Clinics) pueden representar a los contribuyentes que reúnen los requisitos “ante el IRS o en los tribunales” en auditorías, apelaciones y otras disputas tributarias, gratis o por una tarifa pequeña.
  • Servicio del Defensor del Contribuyente: 877-777-4778 (IRS.gov, 2026); es útil cuando un problema con el IRS le causa dificultades, pero comunicarse con el TAS no extiende su plazo para presentar la petición.
  • Un representante: un abogado, un contador público autorizado (CPA) o un agente inscrito (Enrolled Agent, EA) puede tratar con el IRS por usted mediante un Formulario 2848; para comparecer por usted en el propio Tribunal Tributario, la persona debe estar admitida para ejercer allí.

Global Gate Tax Relief ofrece una consulta gratuita, revisa su notificación y sus transcripciones del IRS, y le dice con claridad si usted puede resolverlo por su cuenta. Si acepta el caso, le indica una tarifa fija por adelantado y no promete ningún resultado. Con un plazo de petición en curso, solicite ahora una revisión gratuita o llame al 1-877-800-8180.

Preguntas frecuentes

Es una notificación de deficiencia: el aviso legal del IRS de que propone cobrar más impuestos. Le da 90 días a partir de su fecha de envío (150 días si va dirigida fuera de los Estados Unidos) para presentar una petición ante el Tribunal Tributario de los EE. UU. antes de que se tase el impuesto.

Fuentes

  1. 26 U.S.C. 6212, Notice of deficiency
  2. 26 U.S.C. 6213, Restrictions applicable to deficiencies; petition to Tax Court
  3. 26 U.S.C. 6503, Suspension of running of period of limitation
  4. 26 U.S.C. 7463, Disputes involving $50,000 or less
  5. 26 U.S.C. 7502, Timely mailing treated as timely filing and paying
  6. 26 U.S.C. 6330, Notice and opportunity for hearing before levy
  7. U.S. Tax Court: Getting started for petitioners
  8. U.S. Tax Court: Case procedure information
  9. IRS Publication 5, Your Appeal Rights and How to Prepare a Protest if You Disagree (Rev. 4-2021)
  10. IRS Publication 1035, Extending the Tax Assessment Period (Rev. 9-2017)
  11. IRS Publication 3498, The Examination Process (Rev. 5-2025)
  12. IRS: Understanding your CP3219A notice (reviewed 2 Oct 2026)
  13. Taxpayer Advocate Service: Letter 3219 (updated 14 Apr 2026)
  14. IRS: Letters and notices offering an appeal opportunity (reviewed 16 Jul 2026)
  15. IRS: Understanding your CP14 notice
  16. IRS: Quarterly interest rates
  17. IRS: Low Income Taxpayer Clinics

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